CONCURSO DE TRASLADOS. SE AMPLIA EL PLAZO PARA ALEGACIONES HASTA EL VIERNES 24 DE ABRIL


22 Abr, 2020

CONCURSO DE TRASLADOS MAESTROS, EE.MM e INSPECTORES (21/04/2020).

Por problemas para la presentación de alegaciones y renuncias, se amplia el plazo hasta el viernes 24 (inclusive)

Resolución de la Directora General de Personal por la que se resuelve levantar la suspensión del plazo para la presentación de alegaciones y renuncias a la adjudicación provisional del concurso de traslados de los distintos Cuerpos Docentes acordada mediante Resolución de 16 de marzo de 2020.

Mediante Resolución de la Directora General de Personal de 16 de marzo de 2020, se hacían públicas las adjudicaciones provisionales del Concurso de Traslados de los Cuerpos de Maestros, Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Profesores Técnicos de Formación Profesional y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, convocado por Resolución de 30 de octubre de 2019.

En el punto Tercero de dicha Resolución se señalaba que “…los interesados dispondrán de un plazo de cinco días hábiles para presentar las alegaciones que estimen oportunas o la renuncia al destino obtenido. Debido a la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID19, se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. Consecuentemente, el plazo de alegaciones y renuncias se hará público con posterioridad mediante Resolución de esta Dirección General”.

El 18 de marzo de 2020 se publicó en el “Boletín Oficial del Estado” el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación sanitaria ocasionada por el COVID-19, que modifica la disposición adicional tercera, señalando que “Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados anteriores, desde la entrada en vigor del presente real decreto, las entidades del sector público podrán acordar motivadamente la continuación de aquellos procedimientos administrativos que vengan referidos a situaciones estrechamente vinculadas a… o para el funcionamiento básico de los servicios”. Con fecha de 25 de marzo de 2020 se publicó en el “Boletín Oficial de Aragón” el Decreto-Ley 1/2020, de 25 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto generado por el COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Aragón. El Artículo 7 del citado Decreto-Ley 1/2020 señala que las entidades del sector público pueden acordar, motivadamente y mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno, la continuación de determinados procedimientos administrativos.

Para determinar los procedimientos que pueden verse incluidos en este apartado se publicó en el “Boletín Oficial de Aragón” el 3 de abril de 2020 la Orden HAP/279/2020, de 1 de abril, por la que se da publicidad al Acuerdo de 1 de abril de 2020, del Gobierno de Aragón, por el que levanta la suspensión de determinados procedimientos administrativos en aplicación del artículo 7.4 del Decreto-Ley 1/2020, de 25 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto generado por el COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Entre los procedimientos que son competencia del Departamento de Educación, Cultura y Deporte incluidos en el Anexo II de la citada Orden, se recoge específicamente al concurso de traslados de personal docente, entre aquellos que pueden reanudar sus plazos administrativos.

Dada la necesidad de publicar la adjudicación definitiva del concurso de traslados para realizar los actos de provisión posteriores necesarios para el inicio del siguiente curso escolar 2020-21 y no pudiendo efectuarse dicha adjudicación definitiva hasta que no se otorgue a los participantes el plazo señalado en la base vigesimocuarta de la convocatoria, procede, a la vista de la normativa mencionada, levantar la suspensión del plazo de alegaciones y renuncias acordado en la Resolución de esta Dirección General de Personal de 16 de marzo de 2020.

En su virtud, esta Dirección General de Personal resuelve:

  • Primero.- Levantar la suspensión del plazo de alegaciones y renuncias acordada mediante Resolución de la Directora General de Personal de 16 de marzo de 2020.

           El plazo para dicha presentación, que se efectuará exclusivamente de manera telemática a través de la plataforma PADDOC, será del 15 al 24 de abril de 2020, ambos inclusive.

  • Segundo.- Publicar la presente Resolución en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte (www.educa.aragon.es) Zaragoza, a la fecha de la firma electrónica. 

                                   Carmen Martínez Urtásun

                                    DIRECTORA GENERAL DE PERSONAL 

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