Concursillo 2021 en Aragón. Resolución listados definitivos.


25 Jun, 2021

definitivos-web

COMISIÓN DE SERVICIOS: CONCURSILLO

Publicada la resolución con los listados definitivos de todos los cuerpos docentes de personas admitidas y excluidas al proceso. 

MAESTROS

SECUNDARIA, F.P. Y RR.EE

Calendario Inicio de Curso 2021/2022

Las personas admitidas pueden presentar solicitud de vacantes en el acto de llamamientos de inicio de curso.

Si presentas solicitud, sí es obligatorio incorporarse a la vacante que te asignen, siempre de entre las que hayas elegido y en orden de preferencia.


RESOLUCIÓN PROVISIONAL

Resolución Listados provisionales

ALEGACIONES

  • Plazo del 10 al 16 de junio de 2021
  • Dirigidas al Servicio Provincial correspondiente (Huesca, Teruel o Zaragoza) del Departamento de Educación, Cultura y Deporte
  • Se presentarán preferentemente a través del Registro Electrónico de Aragón. ENLACE
  • También podrán presentarse electrónicamente en cualquiera de los registros electrónicos indicados en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 MAESTROS

 PROFESORES


RESOLUCIÓN DE LA DIRECTORA GENERAL DE PERSONAL POR LA QUE SE CONVOCA PROCEDIMIENTO AUTONÓMICO DE PROVISIÓN DE PUESTOS VACANTES PARA SU OCUPACIÓN TEMPORAL, EN COMISIÓN DE SERVICIOS, POR PERSONAL DE CARRERA PERTENECIENTE A LOS CUERPOS DOCENTES NO UNIVERSITARIOS EN EL CURSO 2021-2022. 

Plazo de inscripción:   Desde el día 24 de mayo a las 00:00 horas hasta el 4 de junio a las 23:59 horas, ambos inclusive.

El enlace de PADDOC para realizar la solicitud estará operativo a las 00:01 del día de comienzo del plazo.

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN

 


Participantes.

Funcionarios/as de carrera de los cuerpos docentes que el 24 de mayo reúnan los siguientes requisitos:

1.- Encontrarse en situación de servicio activo y en una situación compatible con la posibilidad de ser nombrado en comisión de servicios, incluyéndose entre ellas las excedencias por cuidado de hijos y familiares y los seis primeros meses de la excedencia por violencia de género.  

2.- Tener destino definitivo en un centro público de enseñanza no universitaria del ámbito de gestión del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón y estar prestando servicios efectivos de docencia directa y continua desde el inicio de curso 18/19 Quedan exceptuados de éste requisito:

a) Los Directores/as de centros públicos de enseñanza no universitaria, en los que se imparta docencia directa, que finalicen su mandato en el curso 2020-2021, aun cuando lo hubieran ejercido en comisión de servicios. Al efecto, será necesario que no se hayan presentado al proceso de elección, no sean objeto de informe negativo por parte de la Inspección de Educación y cumplan los restantes requisitos establecidos en la presente convocatoria.

b) Quienes en el momento de iniciarse el plazo de presentación de solicitudes se encontrasen en comisión de servicios por haber resultado adjudicatarios de una plaza vacante para el curso 2020- 2021 como consecuencia del procedimiento autonómico de provisión de puestos convocado por Resolución de la Dirección General Personal de 26 de mayo de 2020. Tendrá la consideración de período prestado en su centro de destino definitivo, asimilado a servicios efectivos, el que se hubiese desarrollado en comisión de servicios por motivos humanitarios en otro centro docente del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, a excepción del realizado durante el curso 2020-2021, así como el tiempo de situación asimilada al servicio activo con derecho a reserva del puesto de trabajo. De la misma forma, el tiempo en el que el solicitante hubiese prestado servicios de carácter provisional, por encontrarse en expectativa de destino, se computará como permanencia continuada en el centro de destino definitivo siempre y cuando hubiera obtenido destino en el mismo centro de forma continuada.

3.- Haber transcurrido, a 1 de septiembre de 2021, un mínimo de dos cursos escolares desde el cese en la última adjudicación de vacante por anteriores convocatorias del presente sistema de provisión de puestos de trabajo. Excepcionalmente, y de forma voluntaria, podrán participar quienes en el pasado curso escolar no hayan podido completar, por causa no imputable al participante, el periodo de permanencia de dos años continuados en comisión de servicio. De no obtener adjudicación en este tercer año, no podrán participar hasta pasado un mínimo de dos cursos escolares. No podrán participar en la presente convocatoria, quienes, habiendo disfrutado por primera vez de una comisión de servicios a través del presente sistema de provisión en los cursos 2018-2019 o 2019-2020, no hubiesen participado para obtener un segundo curso en comisión de servicios o no hubiesen solicitado vacantes a través de las convocatorias de adjudicación de plazas de inicio de curso.

4.- No haber resultado adjudicatario/a de una plaza en comisión de servicios mediante cualquier otro procedimiento diferente al regulado en la presente Resolución, durante el curso 2020–2021, u obtenerla para el curso 2021– 2022.

5.- No estar incurso/a en un proceso sancionador como consecuencia de haberse incoado expediente disciplinario.

6.- No resultar beneficiario/a y disfrutar de una licencia por estudios para el curso 2021-2022. En el supuesto de que los/las solicitantes resultasen adjudicatarios/as de una licencia por estudios se entenderá que desisten a participar en el procedimiento autonómico de provisión de puestos vacantes para su ocupación en comisión de servicios, salvo que de forma expresa renunciase al disfrute de la licencia concedida.

7.- No ostentar cargo de director/a cuyo mandato se prolongue o se inicie en el curso para el que efectúa la participación.

8.- No tener adjudicado otro destino distinto para el siguiente curso escolar como resultado de la resolución definitiva del último concurso de traslados.

9.- No haber tomado posesión de una vacante sujeta a condición determinada y adjudicada en los dos cursos anteriores, a través de convocatorias precedentes del presente sistema de provisión, por no quedar justificado el cumplimiento de dicha condición.

10.- No haber renunciado a tomar posesión de plazas vacantes adjudicadas a través del presente sistema de provisión, en anteriores convocatorias, siempre que la renuncia no fuese debida a causas de fuerza mayor así apreciadas por la Administración.

Quienes obtuvieron destino por primera vez en comisión de servicios en las vacantes ofertadas al amparo de Resolución de la Dirección General de Personal y Formación del Profesorado de 26 de mayo de 2020 por la que se convocó el presente sistema de adjudicación de vacantes en comisión de servicio para el curso anterior, y soliciten continuar en la misma situación jurídica, deberán cumplir los siguientes requisitos:

- Reunir las mismas condiciones que se solicitan a los/las restantes participantes con las excepciones indicadas para los apartados 2 y 3 de esta Base para este colectivo.

- Permanecer de forma continuada en la plaza adjudicada hasta la finalización del curso 2021-2022, salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditados.

La adjudicación de vacantes, la toma de posesión y en su caso, los efectos derivados de las mismas, quedarán supeditadas al cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente Base durante todo el proceso de provisión a que se refiere la presente convocatoria.  

Procedimiento

El procedimiento para la provisión de puestos vacantes en comisión de servicios, se realizará en dos fases.

La primera de ellas, que se ajustará a los plazos y procedimiento que se establecen en la presente convocatoria, consistirá en la presentación de la solicitud de participación, la comprobación por parte de la Administración de los requisitos establecidos en la base Segunda y la publicación de los listados en los que se indique quienes pueden participar en el acto de elección de vacantes.  

La segunda de ellas, que se ajustará a los plazos y procedimiento que se establezca en la Resolución por la que se ordene la adjudicación de destinos con anterioridad al inicio de curso, consistirá en la participación en la elección de vacantes de aquellos funcionarios/as que hubieran sido incluidos en las listas de participación del procedimiento anterior.