ANPE informa. Publicada Orden DIRECTRICES para el desarrollo del TERCER TRIMESTRE y flexibilización del proceso de EVALUACIÓN


29 Abr, 2020

     La crisis sanitaria generada por el COVID-19 obligó al Gobierno de España a declarar el estado de alarma mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, del que se han dictado sucesivas prórrogas, la última con efectos hasta el próximo 11 de mayo. Ello ha supuesto la suspensión de la actividad lectiva presencial y la puesta en marcha de un sistema de atención educativa a distancia para garantizar el desarrollo del curso escolar 2019/2020 con la mayor normalidad posible en un contexto excepcional.

     La continuidad de la actividad educativa ha supuesto modificar la organización de los cen­tros e implantar un modelo de comunicación y de respuesta educativa sin precedentes. Con base en esto, el Departamento de Educación, Cultura y Deporte publicó, con fecha 13 de marzo de 2020, el documento “Medidas referidas al nuevo modelo de organización y funcio­namiento de los centros educativos derivados del COVID-19”, en cuyo anexo I “Atención pe­dagógica al alumnado” se incluyen medidas iniciales aplicables al proceso de enseñanza-aprendizaje en el marco de la nueva situación.

     Ante las sucesivas prórrogas del estado de alarma, con fecha 30 de marzo de 2020, la Secretaría General Técnica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte remitió a los centros docentes una actualización de las medidas en las que se informaba, entre otras cosas, que al inicio del tercer trimestre se enviarían instrucciones sobre evaluación del alum­nado y sobre la finalización del curso escolar.

     La organización de la docencia a distancia y la necesidad de adaptar el desarrollo y finali­zación del curso lectivo a la situación actual han motivado la reunión de la Conferencia Sec­torial de Educación, celebrada el pasado 15 de abril. En ella se ha acordado un marco norma­tivo general sobre la organización de la actividad docente y las directrices generales para afrontar el tercer trimestre el curso lectivo 2019/2020, así como el inicio del curso 2020/2021.

     Hay que tener presente el contexto social y sanitario en el que se está desarrollando la actividad educativa, por un lado, y el modelo a distancia que ha sido necesario poner en marcha de forma inmediata con la declaración del estado de alarma. Porque dicho modelo no viene recogido en el sistema educativo de forma generalizada, mucho menos para las ense­ñanzas básicas, ni en la forma en que ha habido que implantarlo.

     Por ello, esta Orden, y su desarrollo, debe centrarse más que nunca en el desarrollo edu­cativo, social y emocional del alumnado y en su continuidad y progreso en el aprendizaje.

     Por otra parte, la situación de confinamiento generada por el estado de alarma dificulta la comunicación e información de las decisiones y, por tanto, la participación de los respectivos órganos de gobierno y de coordinación pedagógica. Por lo que es necesario intensificar la comunicación entre toda la comunidad educativa. Del profesorado, entre sí, de los equipos directivos con los miembros de los órganos de gobierno y de coordinación pedagógica, y del profesorado con las familias.

     El referido acuerdo, alcanzado en el seno de la Conferencia Sectorial, entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la mayoría de los departamentos competentes en materia de educación no universitaria de las Comunidades Autónomas, entre ellas la de Aragón, se ha materializado en dos órdenes: la Orden EFP/361/2020, de 21 de abril, por la que se adoptan medidas excepcionales en materia de flexibilización de las Enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo y de las enseñanzas de Régimen Especial y la Orden EFP/365/2020, de 22 de abril, por la que se establece el marco y las directrices de actuación para el tercer trimestre del curso 2019-2020 y el inicio del curso 2020-2021, ante la situación de crisis ocasionada por el COVID-19.

     En la disposición final segunda de ambas órdenes se habilita a las Administraciones edu­cativas competentes de cada Comunidad Autónoma para dictar las resoluciones, disposi­ciones e instrucciones necesarias para garantizar la eficacia de lo dispuesto en la misma.

     Por su parte, el Decreto-Ley 2/2020, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan me­didas adicionales para responder al impacto generado por el COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Aragón, habilita al Departamento de Educación, Cultura y Deporte para adaptar de manera excepcional, en el marco de la normativa estatal y los acuerdos de la conferencia sectorial, la normativa actualmente vigente en dichos ámbitos.

     En consecuencia, en uso de las facultades conferidas por el Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, con la configuración actual recogida en el Decreto 93/2019, de 8 de agosto, por el que se desarrolla la estructura básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, acuerdo (VER DOCUMENTO ADJUNTO)

 ENLACE A LA RUEDA DE PRENSA DEL CONSEJERO DE EDUCACIÓN 

orden-ecd-del-29-de-abril