Resolución de 3 de agosto de 2020, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se convocan ayudas asistenciales para el año 2020.
Las modalidades de las ayudas a conceder son:
1.1 Ayudas para el copago farmacéutico. Consiste en el abono de una cuantía destinada a compensar el gasto derivado de la participación económica en la prestación farmacéutica por el mutualista jubilado, y titular viudo o huérfano. 1.2 1.2 Resto de ayudas asistenciales, que comprenderán:
a) Las que se dispensen por tratamientos o intervenciones especiales, en casos de carácter excepcional, por un determinado facultativo, cuando no estén cubiertos por la prestación de asistencia sanitaria.
b) Las determinadas por inexistencia, pérdida o insuficiencia de prestaciones en supuestos concretos.
c) Las debidas a gastos de carácter urgente en casos de importancia extraordinaria debidamente justificados.
d) En general, cualesquiera otras análogas cuya percepción no haya sido regulada en las normas aplicables a este régimen especial por insuficiencia general de ingresos.
Presentación de solicitudes:
Las solicitudes se podrán presentar a través de la sede electrónica de MUFACE, en la dirección https://sede.muface.gob.es/ , proceso de «Solicitud de Ayuda Asistencial» mediante certificado digital reconocido, DNI electrónico, identificación Cl@ve Permanente o Cl@ve PIN.
Deberá acompañarse la documentación correspondiente en formato electrónico. Asimismo, los mutualistas también podrán presentar sus solicitudes ante cualquier Servicio Provincial u Oficina Delegada de MUFACE, presencialmente o por correo postal, o en cualquiera de los registros indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. Para lo cual podrán utilizar el impreso normalizado disponible tanto en las sedes de MUFACE como a través de la web www.muface.es junto al que deberá acompañarse la documentación pertinente. Los interesados podrán solicitar las dos modalidades de ayudas contenidas en los epígrafes 5 y 6 de esta convocatoria en un único impreso, dando lugar, en su caso a un pago por cada modalidad de ayuda solicitada.
El plazo de presentación de las solicitudes es desde el 20 de agosto hasta el 5 de octubre de 2020.
RESOLUCIÓN 3 de agosto de 2020: