RESOLUCIÓN de 27 de noviembre de 2020, del Director General de Innovación y Formación Profesional, por la que se convoca a los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para desarrollar Proyectos de Innovación educativa durante el curso 2020-2021. (ENLACE)
Solicitudes hasta el 21 de enero de 2021. El plazo de presentación de las solicitudes será de diez hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.
La innovación y la investigación educativa deben tener como objetivo final considerar al centro como agente de cambio que busca la mejora del alumnado, así como el desarrollo de capacidades, habilidades, destrezas y actitudes en las competencias clave. Además, la innovación y la investigación deben realizar aportaciones a la comunidad científica y educativa, y proporcionar al profesorado perspectivas nuevas, orientaciones y apoyo para su práctica educativa y para su desarrollo profesional, y al alumnado mejoras en sus procesos de aprendizaje.
Por su parte, la administración educativa tiene como objetivo impulsar la calidad de la educación. Para ello, debe fomentarse la capacidad del profesorado y del propio sistema educativo para buscar vías de innovación en la metodología, en los procedimientos y en los modos de trabajo. Del mismo modo, todas las acciones deben ser sostenibles en el tiempo y demostrar un grado de novedad diferencial que contribuya a la evolución e incorpore los nuevos conocimientos científicos y los avances didácticos y metodológicos.
Entre las apuestas de este Departamento de Educación, Cultura y Deporte por la innovación figura la existencia de un Departamento de Innovación y Formación en los centros docentes de Secundaria, diversas convocatorias a través de las cuales se refuerza esta línea de trabajo y la celebración de varios congresos nacionales de innovación educativa.
Es pues necesario, facilitar entornos en los que el profesorado pueda crecer profesionalmente a través de dinámicas de reflexión y de acción y facilitar la mejora de su práctica para desarrollar procesos innovadores. A tal fin, es preciso propiciar la puesta en marcha de proyectos dirigidos al cambio o transformación positiva de la educación mediante convocatorias que favorezcan su puesta en práctica y atiendan a las dos ideas fundamentales que sustentan las líneas de innovación que se proponen: desarrollo y refuerzo de competencias y compromiso de la escuela con la formación de una ciudadanía crítica y consciente.
El Plan Marco Aragonés de Formación del profesorado vigente, establece convertir el centro en elemento básico de mejora, formación e innovación con la posibilidad de su aplicación inmediata en las aulas, por lo que los proyectos de innovación educativa suponen un instrumento fundamental para poder materializarlo.
Las líneas estratégicas de formación de este Plan tienen una clara vinculación con la innovación e investigación educativa, siendo el punto de partida de redes de trabajo entre equipos docentes y, en su caso, con los diferentes miembros de la comunidad educativa, como base de una mejora cualitativa de la educación.
Atendiendo a todo lo anterior, estos Proyectos de Innovación educativa deberán ser la referencia del cambio por medio de procesos y actuaciones novedosas que planteen el alcance de un objetivo concreto que pueda ser medido y demostrado con evidencias. De ese modo, se pretende que su principal fin sea convertirse con el tiempo en un plan integral, en un verdadero plan de innovación, tal y como se refleja en la Orden ECD/418/2019, de 17 de abril, por la que se convoca a los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón para desarrollar Planes de Innovación educativa a partir del curso 2019-2020, en la que se recoge la necesidad de construir entidades con un carácter, una naturaleza y unas señas de identidad propias que contribuyan a que el efecto transformador perdure y sea sostenible en el tiempo de modo que produzca un verdadero cambio.
Asimismo, con esta convocatoria se pretende fomentar el reconocimiento social y profesional de los centros educativos a través de la realización y difusión de Proyectos de Innovación educativa que permitan la formación de profesorado reflexivo, crítico con la propia práctica docente en el aula, en el centro y en la coordinación pedagógica.
Objeto y ámbito de aplicación.
Convocar a los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para desarrollar Proyectos de Innovación educativa durante el curso 2020-2021.
Los Proyectos de Innovación educativa desarrollarán propuestas y actividades de innovación que faciliten la puesta en práctica de experiencias que permitan conectar el marco teórico en que se fundamenta la innovación educativa con la realidad de los centros y de las aulas de enseñanza en los que se desarrollen, que conduzca a obtener una mejora en la calidad del sistema educativo. Para ello debe contar con una estrategia de investigación y práctica bien establecida, relevante con respecto a los objetivos propuestos.
Objetivos de la convocatoria.
- Fomentar el desarrollo de Proyectos de Innovación educativa con la finalidad de impulsar la innovación en los procesos de aprendizaje y la evolución de las comunidades educativas de forma mensurable.
- Reformular un Proyecto de Innovación educativa iniciado anteriormente.
- Proponer la introducción de cambios innovadores en la práctica docente o en la vida del centro para la mejora de los resultados y de los procesos educativos del mismo, ya sean de tipo curricular, organizativo o funcional, conectados con la experiencia vital y con repercusión en su entorno.
- Promover la autoformación, el trabajo en equipo y las redes del profesorado, así como su implicación y participación activa en la búsqueda, adopción y consolidación en el tiempo de las prácticas innovadoras.
- Contemplar en su planificación objetivos y actuaciones ajustados a las necesidades y a la diversidad de situaciones de aprendizaje del alumnado y recursos acordes a las posibilidades reales del centro, que puedan perdurar en el mismo.
- Sustentarse en procesos de reflexión del profesorado sobre su propia práctica educativa.
- Desarrollar en las personas participantes una capacidad de reflexión crítica que les permita analizar su propio contexto y realidad cotidiana con propósito de mejora.
- Incorporar procedimientos de evaluación del alcance y de la eficacia de los cambios y de las mejoras que se esperan conseguir.
Participación.
Podrán solicitar la participación en esta convocatoria de Proyectos de Innovación educativa, los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos que impartan Educación Infantil y/o Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanzas de Régimen Especial, Centros de Educación de Personas Adultas y Centros de Profesorado territoriales y específicos dependientes del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón.
Los centros participantes que resulten autorizados en la presente convocatoria se podrán comprometer a desarrollar un máximo de dos Proyectos de Innovación.
La participación en los Proyectos de Innovación también podrá realizarse como grupo de centros educativos, formando una red de centros innovadores con Proyectos de Innovación similares, cuyos objetivos coincidan y siempre que tenga especial relevancia la colaboración entre los mismos, cuya denominación será "Proyectos de Innovación en red", entre dos o más centros, sin que sea aplicable el límite citado anteriormente para los Proyectos de Innovación. A efectos tanto de solicitud de participación, como de elaboración de la memoria, serán considerados de forma individual, por lo que deberán adecuarse a la realidad de cada uno de los centros de la red.
El profesorado de los centros educativos participantes en esta convocatoria, podrá participar en todos los Proyectos de Innovación autorizados para el centro educativo.
Cada Proyecto de Innovación educativa solo podrá ser coordinado por una persona.
Los Proyectos de Innovación deberán contar con la participación de, al menos, el 20% del claustro en los centros completos. En el caso de los CRAs y los centros incompletos, deberá participar al menos el 10% del profesorado adscrito, siempre y cuando se trate de, como mínimo, dos docentes. En el caso de los Centros de Profesorado territoriales y específicos deberán contar con la participación de, al menos el 30% de las personas que forman parte de dichos Centros de Profesorado.
El diseño y desarrollo de los Proyectos de Innovación contará con la participación del profesorado impulsor de la formación en los centros educativos (personas coordinadoras de formación y coordinadoras de formación para el uso de las tecnologías en los aprendizajes) en colaboración con el equipo directivo.
En el desarrollo de los Proyectos de Innovación podrán participar, además de todas las personas que integran la comunidad educativa, otros profesionales que tengan relación directa con el centro educativo, personal de administración y servicios, personal de los servicios de orientación e inspección u otros profesionales que proporcionen una atención educativa complementaria.
Fases del procedimiento.
La convocatoria se desarrollará a través de las siguientes fases:
- Fase de solicitud y autorización de Proyectos de Innovación: los centros educativos que lo deseen podrán presentar la correspondiente solicitud y su autorización será valorada conforme a lo establecido en la presente convocatoria.
- Fase de desarrollo y seguimiento. Los centros educativos cuyos Proyectos de Innovación hayan sido autorizados, los desarrollarán de forma efectiva a lo largo del curso 2020-2021.
- Fase de resolución: El desarrollo del procedimiento será evaluado de acuerdo a lo establecido en esta Resolución y recibirá, en su caso, la correspondiente certificación.
Contenidos y formatos de los Proyectos de Innovación educativa.
Los Proyectos de Innovación educativa deberán referirse a la innovación en el desarrollo de programaciones sobre las áreas orientadas a la adquisición de las competencias clave, en las que se hagan explícitas las metodologías a emplear, centrándose en el papel del alumnado en el desarrollo del Proyecto de Innovación.
Los Proyectos de Innovación educativa se referirán al menos a una de las siguientes líneas de innovación:
- Procesos, acciones, metodologías y prácticas educativas que contribuyan a la adquisición y desarrollo de competencias clave.
- Utilización e integración de plataformas digitales educativas y metodologías de enseñanza no presencial.
- Utilización de la metodología STEAM (Science, Technology, Engineering, Arts and Mathematics) para favorecer proyectos que fomenten una actitud creativa y de aprendizaje.
- Diseño colaborativo de propuestas de mejoras en el centro educativo incorporando la visión de toda la comunidad educativa.
- Evaluación competencial.
- Nuevas formas de gestión y organización del centro educativo.
- Mejora de la convivencia, la inclusión y la equidad, así como de la participación en la comunidad educativa.
- Presencia y compromiso en el ámbito social, trabajando en el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).
Los Proyectos deberán desarrollar, al menos, alguno de los siguientes elementos:
- Respuesta a una necesidad o problema que afecte al centro.
- Propuestas de mejora planteando el alcance de un objetivo concreto que pueda ser medido y demostrado con evidencias.
- Desarrollo de una metodología.
El documento recogerá los datos de participación, un breve análisis previo de la/s línea/s de innovación desarrollada/s del Proyecto de Innovación en el contexto del centro educativo y un texto que exprese los aspectos más relevantes del Proyecto de Innovación educativa. Dicho texto tendrá una extensión máxima de 15 líneas y se utilizará fuente Arial 10. Para su elaboración se seguirá el modelo que figura como anexo II de esta Resolución.
Los títulos de los Proyectos de Innovación no contendrán más de diez palabras.
Solicitudes, documentación y plazo de presentación.
Los centros educativos que deseen participar en esta convocatoria de Proyectos de Innovación, tras identificarse con el código del centro, deberán cumplimentar debidamente para cada Proyecto de Innovación solicitado, incluido los Proyectos en red, la solicitud que figura como anexo I y adjuntar en PDF el modelo para la elaboración de cada Proyecto de Innovación que figura como anexo II de la presente Resolución, a través del formulario recogido en el siguiente ENLACE
El uso del modelo de solicitud será de uso obligatorio conforme a lo establecido en el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los centros educativos participantes deberán registrar una solicitud para cada Proyecto de Innovación en los que deseen participar.
Una vez cumplimentados el anexo I y anexo II, se presentarán en formato pdf, preferentemente a través del Registro Electrónico de Aragón conforme al modelo específico disponible en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón. Para ello, se accede a través de la dirección electrónica https://www.aragon.es/tramites/registro-electronico-general
También podrán presentarse electrónicamente en cualquiera de los registros electrónicos indicados en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El trámite de registro deberá estar firmado electrónicamente y se considerará presentada la solicitud a los efectos de su tramitación en el momento en que se obtenga el justificante de registro.
Además, los centros educativos participantes remitirán electrónicamente al correo del Centro de Profesorado de referencia una copia del anexo II, en el mismo momento que se realiza la solicitud, indicando claramente en el asunto del correo "Proyecto de Innovación educativa" y el nombre del centro que lo remite.
Los Centros de Profesorado territoriales y específicos participantes remitirán electrónicamente al correo proyectosdeinnovacion@aragon.es una copia del anexo II en el mismo momento que se realiza la solicitud, indicando claramente en el asunto del correo "Proyecto de Innovación educativa" y el nombre del Centro de Profesorado que lo remite.
Solicitudes hasta el 21 de enero de 2021. El plazo de presentación de las solicitudes será de diez hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.