Plazo para presentar alegaciones: Del 6 de mayo al 16 de junio de 2022
CONSULTA-PRESENTACIÓN DE ALEGACIONES
Convocatoria de ayudas de acción social a favor del personal docentes no universitarios, previstas en los artículos 4 y 5 del Decreto 169/2017, por las contingencias producidas en el año 2020.
Las solicitudes de ayudas de estudios para hijos/as a partir de tres años, huérfanos/as de empleados/as y estudios para la formación y desarrollo profesional del empleado/a, serán las correspondientes al curso escolar 2020/2021.
El porcentaje de distribución que se destine al fondo de ayudas de acción social y al subplan de Personal Docente no Universitario, existente en el Plan de Pensiones del sistema de empleo de la Comunidad Autónoma de Aragón, se determinará anualmente previa deliberación de la mesa de negociación.
El importe de las ayudas a conceder serán las establecidas en el Decreto 169/2017, de 14 de noviembre. No obstante, si el importe total a conceder superase la cuantía del Fondo de Acción Social destinada a la financiación de estas ayudas, se procederá a la aplicación de un índice de distribución
Por costes de asistencia a guarderías o escuelas infantiles del personal docentes no universitarios, se considerarán exclusivamente los importes abonados por asistencia, gastos de comedor y transporte, así como a otros gastos directamente relacionados con la asistencia del menor. Los gastos serán acreditados mediante certificado que se ajustará al modelo publicado en el anexo II.
Cuando no se hubiera prestado servicios durante todo el año 2020, el cálculo de la ayuda que corresponda en cada caso se efectuará en función del número de días de servicios prestados en la Comunidad Autónoma de Aragón.
La solicitud, se presentará únicamente por la plataforma PADDOC con la identificación correspondiente del docente mediante Cl@ve Permanente. Cuando el solicitante no sea personal docente, después de la identificación correspondiente, tendrá que hacer referencia a la persona docente generadora de la ayuda. Corresponden a las solicitudes de ayudas de huérfanos o para gastos por sepelio.
La documentación requerida para cada modalidad de ayuda se adjuntará en formato pdf en el momento de realizar la solicitud. Mientras no se aporte toda la documentación, la aplicación informática no permitirá presentar la solicitud.
Las ayudas que necesitan para su evaluación el libro de familia, el solicitante podrá autorizar la consulta telemática al Registro correspondiente o en caso contrario, presentar documento en pdf.
El plazo de presentación de solicitudes de la actual convocatoria de Acción Social, se iniciará el 1 de enero de 2022 y finalizará el 20 de febrero de 2022. Las solicitudes para la modalidad de ayuda de carácter excepcional y de ayudas por sepelio se podrán presentar desde el 1 de enero del año natural objeto de la convocatoria, hasta el fin del plazo de solicitudes de la convocatoria en curso.