Objeto y modalidades de ayudas
El objeto de la presente resolución de convocatoria es el de regular las condiciones y plazos comunes aplicables al conjunto de personas mutualistas y beneficiarias de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (en adelante, MUFACE) para el acceso a las ayudas asistenciales, respetando las competencias que en esta materia están conferidas a las Comisiones Provinciales de MUFACE, a tenor de lo dispuesto en el artículo 10.2.b) del Real Decreto 577/1997 de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los órganos de gobierno, administración y representación de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE).
Las modalidades de las ayudas a conceder son:
Ayudas para el copago farmacéutico.
Consisten en el abono de una cuantía destinada a compensar el gasto derivado de la participación económica en la prestación farmacéutica para las personas mutualistas jubiladas y las personas titulares viudas o huérfanas.
Resto de ayudas asistenciales, que comprenderán:
- Las que se dispensen por tratamientos o intervenciones especiales, en casos de carácter excepcional, por un determinado facultativo, cuando no estén cubiertos por la prestación de asistencia sanitaria.
- Las determinadas por inexistencia, pérdida o insuficiencia de prestaciones en supuestos concretos.
- Las debidas a gastos de carácter urgente en casos de importancia extraordinaria debidamente justificados.
- En general, cualesquiera otras análogas cuya percepción no haya sido regulada en las normas aplicables a este régimen especial por insuficiencia general de ingresos.