Regulación de la fase de prácticas para el curso 2023/2024 en Aragón
Se publica en el BOA de 29 de agosto, la resolución ECD por la que se regula la fase de prácticas de los procesos selectivos celebrados en 2023 en Aragón. Esta normativa es de aplicación a las personas aspirantes seleccionadas en los procesos selectivos, no así a las personas que superaran el procedimiento especial de méritos de estabilización que están exentos de fase de prácticas y deben ser nombrados funcionario de carrera directamente al inicio de este curso 2023/24.
Como cada año, ANPE Aragón celebrará su reunión informativa sobre la fase de prácticas, muy pronto recibirás la invitación.
Desde ANPE os ofrecemos un extracto de la normativa, puedes consultar los enlaces al final de la publicación:
Constitución de las Comisiones calificadoras: En cada Servicio Provincial se constituirá una Comisión calificadora integrada por: el/la Inspector/a Jefe/a que actuará como Presidente/a, un/a funcionario/a de la Unidad de Programas Educativos, un/a Inspector/a de Educación y dos Directores/as de centros, designados/as por el/la Director/a del Servicio Provincial. La constitución de las Comisiones calificadoras, que tendrá lugar antes del día 18 de septiembre de 2023, no podrá tener lugar sin la presencia de todos los miembros que la integran, salvo que concurran circunstancias especiales cuya apreciación corresponderá al/a la Director/a Provincial. Las Comisiones calificadoras colaborarán en la organización de las actividades de formación e inserción de la fase de prácticas, nombrarán al profesorado que deba ejercer la función de tutoría y evaluarán a los/as aspirantes al término del proceso.
Designación de profesorado tutor. Cada aspirante será tutelado por un/a profesor/a que será designado/a por la Comisión calificadora a propuesta del/de la Director/a del centro donde efectúe la fase de prácticas. El/La tutor/a se designará entre el profesorado del citado centro que posea, al menos, cinco años de servicio como funcionario/a de carrera, siempre que sea posible, y demuestre especial dedicación y eficiencia en su trabajo profesional. Las funciones del profesorado tutor consistirán en asesorar, informar y evaluar al/a la funcionario/a en prácticas, sobre lo indicado en el anexo II. El/La profesor/a tutor deberá asistir, al menos, a dos clases (en su caso, a dos actuaciones en relación con sus funciones) que imparta el/la aspirante para comprobar y asesorarle sobre el desempeño de sus funciones. La dirección del centro facilitará la organización del mismo para el desarrollo de las funciones de tutoría. Al final del período de prácticas, el/la profesor/a tutor/a cumplimentará un cuestionario y emitirá un informe en el que expresará su valoración sobre los aspectos que se contienen en el anexo II de esta Resolución, así como otros datos que considere de interés y lo remitirá al/a la Inspector/a responsable de la evaluación.
Designación de Inspector/a responsable. El/La Director/a del Servicio Provincial correspondiente designará un/a Inspector/a responsable del proceso evaluador de cada uno/a de los/as funcionarios/as en prácticas, que será preferentemente el/la Inspector/a asignado/a al centro en el que el/la funcionario/a en prácticas desarrolle sus funciones docentes. Cuando lo considere necesario, el/la Inspector/a responsable de la evaluación podrá solicitar la colaboración de otro/a Inspector/a, un/a asesor/a de un Centro de Profesorado o profesorado de la especialidad.
Actividades de inserción y formación. Las actividades de inserción en el puesto de trabajo consistirán en el desarrollo de actividades tuteladas por el/la profesor/a tutor/a en relación a la programación de aula y la evaluación del alumnado, así como en la información sobre el funcionamiento de los órganos de gobierno, de participación de la comunidad educativa y de coordinación didáctica, con especial atención a la tutoría del alumnado. Las actividades de formación serán programadas por la Dirección General competente en materia de formación del profesorado a través de CATEDU, no obstante, la Comisión calificadora podrá, de manera excepcional, aceptar otras actividades específicas para los/as aspirantes, dentro de la oferta general de formación. En todo caso las actividades de formación versarán sobre la didáctica de las áreas de la especialidad del aspirante, y sobre temas de contenido educativo general: elaboración de los proyectos educativo y curricular, evaluación, tutoría y medidas de atención a la diversidad. Su duración no será inferior a veinte horas y se realizarán a lo largo del período de prácticas. El desarrollo de estas actividades será informado por los/as responsables de la actividad si se trata de una oferta específica, o mediante el certificado correspondiente si se trata de actividades incluidas en la oferta general.
Evaluación del profesorado en prácticas. Todos/as los/as aspirantes elaborarán una memoria de autoevaluación de su función docente de acuerdo con el modelo establecido en el anexo I. Esta memoria será remitida, por la dirección del centro, al término de la fase de prácticas, al/a la Inspector/a responsable de la evaluación, hasta el 7 de febrero de 2024. La memoria es un requisito para que la Comisión calificadora pueda realizar la evaluación. En todo caso, antes del 28 de junio de 2024, debe entregarse la memoria cumpliendo los requisitos formales y desarrollando todos los apartados y subapartados que se señalan en el anexo I (excepto que se deba adaptar alguno de ellos, de forma motivada, por las características del puesto desempeñado). El/La Inspector/a de Educación responsable de la evaluación deberá comprobar, además del cumplimiento de las condiciones anteriores, que no hay ausencia o incoherencia de los contenidos de la memoria. En caso de incumplimiento de las condiciones de la memoria y de existir plazo para ello, el/la funcionario/a en prácticas será requerido/a para que realice las correcciones necesarias.
Al finalizar el período de prácticas, el/la profesor/a tutor/a y el/la Director/a del centro emitirán, respectivamente, los cuestionarios e informes de valoración contenidos en los anexos II y III de esta Resolución. Dichos cuestionarios e informes serán remitidos al/a la Inspector/a responsable de la evaluación junto con la memoria de autoevaluación, hasta el 7 de febrero de 2024.
El/la Inspector/a de Educación responsable de la evaluación visitará el centro en el que preste servicios el/la funcionario/a que está realizando las prácticas, y evaluará en el aula sus aptitudes didácticas como docente. Una vez que reciba los cuestionarios e informes del/de la Director/a y del/de la tutor/a de prácticas y la memoria de autoevaluación, teniendo en cuenta su contenido y la/s visita/s realizada/s y otras técnicas propias de la supervisión, realizará su cuestionario y emitirá el informe, según modelo del anexo IV que remitirá junto con los cuestionarios e informes del/de la tutor/a y Director/a y la memoria de prácticas a la Comisión calificadora, hasta el 1 de marzo de 2024. El informe del/de la Inspector/a será el referente principal para la evaluación que debe efectuar la Comisión calificadora.
Los informes del/de la tutor/a, Director/a del centro e Inspector/a se ajustarán a los modelos que figuran en los anexos II, III y IV de esta Resolución, respectivamente, y se expresarán en los términos "Satisfactorio" o "No Satisfactorio".
La evaluación de los/as aspirantes será efectuada por la Comisión calificadora a partir del informe emitido por el/la Inspector/a responsable y de la superación de las actividades de formación. El juicio de la Comisión calificadora se expresará en términos de "Apto" o "No Apto".
La Comisión calificadora trasladará al/a la Director/a del Servicio Provincial correspondiente la relación de funcionarios/as en prácticas con la calificación obtenida para su remisión a la Dirección General competente en materia de personal.
Quienes necesiten aplazamiento de incorporación por causas debidamente justificadas, deberán solicitarlo por escrito acompañando los documentos justificativos, antes del 1 de septiembre de 2023, a la Dirección General de Personal, quien resolverá según proceda.
Los/as funcionarios/as en prácticas declarados/as no aptos, podrán incorporarse con los/as seleccionados/as en el siguiente concurso-oposición que se convoque. Caso de no poder incorporarse a la siguiente promoción por no haberse convocado ese año procedimiento selectivo para el mismo cuerpo y especialidad, la persona interesada realizará la fase de prácticas en el curso siguiente a aquel en el que fue calificada como "no apta". Quienes no se incorporen o sean declaradas "no aptas" por segunda vez perderán todos los derechos a su nombramiento como personal funcionario de carrera por resolución motivada de la autoridad competente.
Duración de las prácticas. Las prácticas se considerarán concluidas el 1 de febrero de 2024 (5 meses) para aquel profesorado que se hubiera incorporado el 1 de septiembre de 2023 para su realización. Las mismas podrán realizarse en puestos o sustituciones de profesorado correspondientes a su especialidad o de otras especialidades (si la titulación le habilita para ello), siempre que exista un período de permanencia en el mismo centro de tres meses como mínimo. Las funcionarias en prácticas que durante el período de las mismas se encontrasen en situaciones de baja con motivo de embarazo o de permiso por maternidad o adopción, así como los funcionarios en prácticas que se encontrasen en situación de permiso por paternidad o adopción deberán completar más de tres meses durante el curso escolar para ser valoradas por la Comisión de calificación.
El/La Director/a del centro, el/la tutor/a de prácticas y el/la aspirante, deberán remitir al/a la Inspector/a responsable los cuestionarios e informes y la memoria de autoevaluación respectivamente, hasta el día 7 de febrero de 2024 inclusive. El/La Inspector/a responsable remitirá dicha documentación, junto con su propio cuestionario e informe, a la Comisión calificadora que corresponda, hasta el 1 de marzo de 2024. Las Comisiones tendrán de plazo hasta el 27 de marzo de 2024, sin perjuicio de lo indicado en el punto 3 de este apartado, para redactar el acta final y enviarla a la Dirección General en materia de personal, pudiendo, igualmente, si así lo estimara necesario, emitir un informe complementario sobre el desarrollo de sus propias actuaciones. En el acta final a la que se alude en el apartado anterior se incluirá a todo el profesorado en prácticas, haciéndose constar la especialidad por la que han sido seleccionados/as en el procedimiento selectivo de ingreso y accesos.
Con fecha 27 de marzo de 2024 se darán por finalizadas las prácticas para el profesorado que haya prestado servicios durante un período de cinco meses contados a partir de la incorporación al centro y haya sido valorado por la Comisión de calificación e incluido en el acta final, sin perjuicio de que siga atendiendo a sus actividades docentes hasta su nombramiento como funcionario/a de carrera. Para el caso de profesorado que a fecha 27 de marzo de 2024 esté pendiente de valoración por la Comisión de calificación o haya prestado servicios por tiempo inferior a cinco meses, las Comisiones se considerarán constituidas con carácter permanente hasta la evaluación de la totalidad de los/as funcionarios/as en prácticas que completen el periodo de cinco meses, e irán remitiendo las actas finales correspondientes, en el plazo de cinco días hábiles a partir del último de cada mes, hasta el 28 de junio de 2024.
Destino excepcional en unidad o extensión vinculada a un centro. El profesorado en prácticas que en algún supuesto excepcional estuviese destinado en alguna extensión o unidad vinculada a un centro, será considerado como perteneciente al mismo a los efectos de esta evaluación.
ENLACES:
- RESOLUCIÓN REGULADORA DE LA FASE DE PRÁCTICAS.
- ANEXO I: GUION PARA LA ELABORACIÓN DEL INFORME FINAL DEL PROFESORADO EN PRÁCTICAS
16 de agosto
Se publica en el BOA de 16 de agosto, las órdenes ECD por las que se nombra personal funcionario en prácticas a las personas seleccionadas en los procesos de oposiciones de estabilización y reposición en Aragón.
ENLACE RESOLUCIÓN Y LISTADOS ESTABILIZACIÓN
ENLACE RESOLUCIÓN Y LISTADOS REPOSICIÓN
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