Resolución por la que se autorizan los PROYECTO EDUCATIVOS de organización de TIEMPOS ESCOLARES


21 Abr, 2020

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RESOLUCIÓN de 12 de abril de 2020, del Director General de Innovación y Formación Profesional y de la Directora General de Planificación y Equidad, por la que se autorizan los proyectos educativos de organización de tiempos escolares en centros de Educación Infantil y Primaria, Centros Integrados de Educación Básica y en centros de Educación Especial de la Comunidad Autónoma de Aragón, sostenidos con fondos públicos, para el curso 2020/2021.

Mediante Orden ECD/1485/2019, de 7 de noviembre, publicada en el “Boletín Oficial de Aragón”, número 225, de 18 de noviembre de 2019, se efectuó la convocatoria para la implantación de proyectos educativos de organización de tiempos escolares en centros de Educación Infantil y Primaria, Centros Integrados de Educación Básica y en centros de Educación Especial de la Comunidad Autónoma de Aragón, sostenidos con fondos públicos, para el curso 2020-2021.

De acuerdo con lo establecido en el Apartado trigésimo tercero de dicha Orden, en virtud de la propuesta de resolución de la Comisión de valoración prevista en la convocatoria, los titulares de las Direcciones Generales de Innovación y Formación Profesional y de Planificación y de Equidad dictarán resolución conjunta, que contendrá la autorización de los Proyectos educativos de organización de tiempos escolares. Esta autorización deberá hacerse pública en el tablón de anuncios del centro docente para general conocimiento de la comunidad educativa.

Dando cumplimiento a lo anterior, la Comisión de valoración, con fecha 1 de abril de 2020, efectuó la correspondiente propuesta de resolución, que obra incorporada al expediente administrativo.

De conformidad con lo expuesto, una vez realizados los trámites previstos en la convocatoria, y dando cumplimiento a la misma, resolvemos:

Primero.— Autorizar los proyectos educativos de organización de tiempos escolares en centros de Educación Infantil y Primaria, centros Integrados de Educación Básica y en centros de Educación Especial de la Comunidad Autónoma de Aragón, sostenidos con fondos públicos, para el curso 2020-2021, de conformidad con la relación que figura como anexo de la presente resolución.

Segundo.— Esta autorización surtirá efectos a partir del curso escolar 2020-2021.       

Tercero.— Los centros que habiendo participado en la convocatoria no figuren en el citado anexo deberán entender su proyecto no autorizado.

Cuarto.— Ordenar la publicación de la presente Resolución en el “Boletín Oficial de Aragón”. Igualmente, esta Resolución junto con el correspondiente proyecto de organización de tiempos escolares deberá publicarse en el tablón de anuncios del centro docente, así como en la página web del centro docente, para general conocimiento de la comunidad educativa.

Quinto.— Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”, conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 58.1 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón.

Los centros públicos no están legitimados para interponer dicho recurso. No obstante, podrán oponerse a esta Resolución mediante escrito motivado, indicando las razones que fundamentan su pretensión.

Zaragoza, 12 de abril de 2020

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