Reconocimiento de Servicios Previos. Nuevos funcionarios de carrera


08 Jul, 2020

anexo-ii-s-previos_page-0001

SOLO PARA FUNCIONARIOS DE CARRERA.

NORMATIVA APLICABLE:

Ley 70/1978 de 26 de diciembre, de  Reconocimiento de Servicios Previos en la Administración Pública

La solicitud de reconocimiento de servicios previos, a efectos de trienios, de los servicios prestados en la Administración, deberá hacerse de acuerdo al modelo de solicitud adjunto, aportando la siguiente documentación:

 

  • Si los servicios prestados han sido en la misma provincia donde tiene su destino actual, el Servicio Provincial expedirá el Anexo I (certificado de servicios previos) sin necesidad de aportar documentación.
  • Si los servicios prestados han sido en distinta provincia, el interesado deberá solicitar al Servicio Provincial correspondiente, el Anexo I (certificado de servicios previos) del tiempo trabajado.
  • En caso de tener servicios en otras Administraciones Públicas (Ministerios, Organismos Autónomos, Entidades o Corporaciones) deberá presentar Anexo I (certificación de servicios previos)

 

En todos los casos se adjuntará junto con la documentación anteriormente citada: